MZ URSS 1440 del 21 de diciembre de 1984. Unidades convencionales para la realización de procedimientos fisioterapéuticos por personal paramédico. Responsabilidades de una enfermera

Nombre de los procedimientos de fisioterapia

Número de unidades de fisioterapia condicional

adultos

Capítulo 1

Galvanización general, local

electroforesis permanente,

diadinámico, sinusoidal,

corrientes fluctuantes

Procedimientos de electroforesis intracavitaria

permanente, diadinámico,

corrientes sinusoidales fluctuantes

Electroforesis al vacío

Baños de cámara hidrogalvánica

Electrodiagnóstico (realiza

fisioterapeuta)

Estimulación eléctrica del neuromuscular.

estructuras:

realizado por un fisioterapeuta en la zona de la cara

realizado por una enfermera área del maletero, extremidades

Electrosueño, transcerebral

electroterapia

terapia diadinámica

terapia Amplipulse

terapia de interferencia

Ultratonoterapia

Darsonvalización local

Darsonvalización intracavitaria

fluctuante

Franklinización general

Franklinización local

inductotermia

Terapia de ultra alta frecuencia

Terapia de ondas decimétricas

Terapia de ondas centimétricas

Terapia de ondas milimétricas

Magnetoterapia local

magnetoterapia general

Magnetoforesis, magnetoestimulación,

magnetopunción

Capitulo 2

Determinación de biodosis

Radiación ultravioleta, general

Irradiación ultravioleta grupal

Visible, irradiación infrarroja general, local

Radiación láser, terapia láser magnética

Punción láser (realiza

fisioterapeuta)

Fotocromoterapia, fotopuntura

(realizado por un fisioterapeuta)

irradiación supravenosa con láser

Baño de luz eléctrica, solárium

Capítulo 3. Ultrasonido. baroterapia

Terapia de ultrasonido

Ultrafonoforesis

Baroterapia local, neumomasaje

terapia hipóxica

oxigenoterapia, ozonoterapia

Capítulo 4 Terapia de inhalación

grupo de aeroionoterapia

Aeroionoterapia individual

(local), aeroiontoforesis,

aerocrioterapia

Terapia de electroaerosol de cámara

Terapia de electroaerosol individual

inhalaciones medicinales

inhalaciones ultrasónicas

Aromafitoterapia, aerofitoterapia

haloinhalación

Haloterapia, espeleoterapia de cámara

Cócteles de oxígeno

Capítulo 5. Hidroterapia

Envolturas húmedas

Frotar, rociar

Chubascos (lluvia, circulares, ascendentes, horizontales

Ducha jet, contraste

Masaje con ducha subacuática

lavado intestinal

baños de agua

Baños frescos, aromáticos

Baños de hidromasaje, vibración

Contraste de bañeras

Baños según Gauffe

Alargamiento en agua (horizontal, vertical), incluso en agua mineral; con la adición de radón, emulsión de trementina y otros componentes

Capítulo 6. Balneoterapia

Baños minerales (cloruro de sodio yoduro-bromo, bischofita y otros minerales

Baños de gas mineral (dióxido de carbono, sulfuro de hidrógeno)

Baños de radón, radón de aire seco o dióxido de carbono

Baños medicinales, baños mixtos

Capítulo 7

Aplicaciones de parafina, ozocerita

Aplicaciones de barro, turba, arcilla

tratamiento de lodo intracavitario

Tratamiento de fango intracavitario con aplicación adicional

Procedimiento de lodo eléctrico utilizando corrientes directas o pulsadas.

Procedimiento Naftalan, lubricación de la piel y radiación de luz.

Termoterapia local (hardware)

Crioterapia local

Cámara de crioterapia

Notas:

1. Para una unidad fisioterapéutica condicional, se acepta el trabajo, cuya preparación e implementación lleva 8 minutos.

2. La tasa de carga de trabajo de los fisioterapeutas y enfermeras de fisioterapia por turno se determina teniendo en cuenta la implementación directa de los procedimientos de fisioterapia y el trabajo preparatorio (preparación del lugar de trabajo, obtención de soluciones medicinales, gel, cuidado diario y seguimiento del estado técnico del equipo, tratamiento higiénico y térmico de almohadillas hidrofílicas, electrodos, emisores, inductores, etc.).

3. La norma de carga de trabajo para las enfermeras de fisioterapia es por turno: con semana laboral de 6 días - 50 unidades de fisioterapia convencional, con semana laboral de 5 días - 60 unidades de fisioterapia convencional.

4. La carga de trabajo anual de una enfermera de fisioterapia es de 15.000 unidades de fisioterapia convencional.

5. El tiempo de transición (mudanza) para realizar procedimientos fisioterapéuticos fuera del departamento (oficina) de fisioterapia se tiene en cuenta de acuerdo con los costos reales del tiempo de trabajo.

6. Al realizar procedimientos fisioterapéuticos para un paciente en diferentes partes del cuerpo (2 - 4 - 6 campos) en una visita, cada uno de ellos se tiene en cuenta en unidades fisioterapéuticas condicionales de forma independiente, si estos procedimientos no se realizaron simultáneamente.

7. Al introducir nuevos procedimientos fisioterapéuticos, el jefe de la organización de salud con la participación de los sindicatos establece unidades fisioterapéuticas condicionales para su implementación.

Con la publicación de la orden anterior, no se aplica la orden del Ministerio de Salud de la URSS del 21 de diciembre de 1984 N 1440 "Sobre la aprobación de unidades convencionales para la realización de procedimientos de fisioterapia, estándares de tiempo para masajes, regulaciones sobre unidades de fisioterapia y su personal" en la obra.

A pesar de la fecha de emisión de la orden 1440 del 21 de octubre de 1984, todavía corresponde a las ideas modernas sobre el trabajo de las salas de fisioterapia en Rusia. El documento explica los conceptos básicos, informa sobre los tipos de tratamiento de fisioterapia y las reglas para su implementación. El Decreto N° 1440 obliga al personal médico a mejorar anualmente su calificación, impone restricciones a los locales en los que se prevé la prestación del tipo de servicio correspondiente. La dirección de fisioterapia incluye procedimientos preventivos y terapéuticos y reparadores. La orden se aplica a todo tipo de instituciones, incluidas las de tipo sanatorio-resort.

MINISTERIO DE SALUD DE LA URSS

ORDENAR

21 de diciembre de 1984

N 1440

SOBRE LA APROBACIÓN DE UNIDADES FUNCIONALES PARA LA EJECUCIÓN

PROCEDIMIENTOS FISIOTERAPÉUTICOS, TIEMPO NORMAL PARA

MASAJE, NORMATIVA FISIOTERAPÉUTICA

DIVISIONES Y SU PERSONAL

Con el fin de mejorar la organización del trabajo de los departamentos y salas de fisioterapia de las instituciones médicas, incluidos los sanatorios y centros turísticos.

  1. APROBAR:

1.1. Unidades convencionales para la realización de procedimientos fisioterapéuticos por personal paramédico (Anexo 1).

1.2. Normas de tiempo para el masaje (Apéndice 2).

1.3. Reglamento del fisioterapeuta jefe autónomo del Ministerio de Salud de la República (Autonómica) de la Unión, regionales (territoriales), departamentos municipales (departamentos) de salud (Anexo 3).

1.4. Reglamento sobre el departamento (oficina) de fisioterapia para tratamiento médico. institución preventiva(Apéndice 4).

1.5. Reglamento sobre el jefe del departamento (oficina) de fisioterapia de una institución médica (Anexo 5).

1.6. Reglamento del fisioterapeuta de la institución médica (Anexo 6).

1.7. Reglamento sobre la enfermera principal del departamento (oficina) de fisioterapia de una institución médica (Apéndice 7).

1.8. Reglamento de la enfermera de fisioterapia de una institución médica (Anexo 8).

1.9. Reglamento de una enfermera masajista (Anexo 9).

  1. ORDENO:

2.1. Ministros de Salud de la Unión y Repúblicas Autónomas, Jefes (Jefes) de Departamentos (Departamentos) de Salud Territoriales, Regionales y Municipales (Ciudades de Subordinación Republicana):

2.1.1. Asegurar el trabajo de los departamentos (salas) de fisioterapia y médicos trabajadores de estas unidades de conformidad con las disposiciones aprobadas por esta orden.

2.1.2. Copie este pedido en la cantidad requerida.

2.2.1. Apéndice N 3 "Coeficientes de procedimientos fisioterapéuticos realizados por personal paramédico" a la orden del Ministerio de Salud de la URSS de 08.02.1968 N 100.

2.2.2. Circular del Comisariado Popular de Salud de la URSS del 07/08/1940 "Sobre las normas de la carga en el masaje".

2.2.3. Apéndice N 19 "Reglamento sobre el departamento de fisioterapia (oficina) del policlínico de la ciudad" de la orden del Ministerio de Salud de la URSS del 23 de septiembre de 1981 N 1000.

2.3. El control de la ejecución de la presente orden se encomendará a

Viceministro de Salud de la URSS camarada AG Safonov.

cuidado de la salud de la URSS

SP Burenkov

Apéndice No. 4

a la orden del Ministerio

cuidado de la salud de la URSS

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO (CONSULTORIO) DE FISIOTERAPIA

INSTITUCIÓN TERAPÉUTICA Y PREVENTIVA

  1. El departamento (gabinete) de fisioterapia es una subdivisión estructural de una institución médica que brinda atención fisioterapéutica calificada a la población. Si hay un departamento (oficina) en la institución médica y preventiva. tratamiento de rehabilitación Departamento (gabinete) de fisioterapia es parte de ella.
  2. La apertura y cierre del departamento (consultorio) de fisioterapia se realiza de acuerdo con el procedimiento establecido.

    El departamento (gabinete) de fisioterapia está ubicado en habitaciones especialmente equipadas que cumplen con los requisitos de las Reglas de construcción, operación y seguridad.

  1. El trabajo del departamento (oficina) de fisioterapia está dirigido por el jefe del departamento, un fisioterapeuta y, en su ausencia, por el jefe de la institución o un médico capacitado en fisioterapia.
  1. Los estados del personal médico del departamento (oficina) de fisioterapia se establecen de acuerdo con las normas de dotación de personal vigentes.
  1. El equipo del departamento (oficina) de fisioterapia se lleva a cabo de acuerdo con la boleta de calificaciones actual. La supervisión preventiva y la reparación del equipo de fisioterapia en el departamento (oficina) de fisioterapia la llevan a cabo las empresas relevantes del sistema Soyuzmedtekhnika.
  1. La actividad, el volumen de trabajo del departamento (oficina) de fisioterapia se determinan según el perfil de la institución médica, los documentos reglamentarios relevantes.
  1. Las principales tareas del departamento (oficina) de fisioterapia.

son:

8.1. Realización de tratamientos médicos, de rehabilitación y medidas preventivas utilizando factores físicos.

8.2. Control de la ejecución de los procedimientos de fisioterapia prescritos y análisis de errores en la citación de procedimientos de fisioterapia por parte de médicos de otras especialidades.

8.3. Organización de eventos para la formación y perfeccionamiento de médicos y personal paramédico en el ámbito de la fisioterapia.

8.4. Introducción a la práctica de nuevos métodos de fisioterapia, fisioprofilaxis.

8.5. Organización de la propaganda de los métodos de fisioterapia entre los trabajadores médicos.

8.6. Contabilidad del trabajo del departamento (oficina) de acuerdo con la documentación contable y de informes aprobada por el Ministerio de Salud de la URSS de manera oportuna.

  1. El trabajo del departamento (gabinete) de fisioterapia se lleva a cabo de acuerdo con el cronograma, cuya responsabilidad de compilación se confía al jefe del departamento (gabinete).

Jefe del Departamento Principal

atención médica y preventiva

MINISTERIO DE SALUD DE LA URSS

SOBRE LA APROBACIÓN DE UNIDADES FUNCIONALES PARA LA EJECUCIÓN

PROCEDIMIENTOS FISIOTERAPÉUTICOS, TIEMPO NORMAL PARA

MASAJE, NORMATIVA FISIOTERAPÉUTICA

DIVISIONES Y SU PERSONAL

Con el fin de mejorar la organización del trabajo de los departamentos y salas de fisioterapia de las instituciones médicas y preventivas, incluyendo

sanatorio - balneario,

1. APROBAR:

1.1. Unidades convencionales para la realización de procedimientos fisioterapéuticos por personal paramédico (Anexo 1).

1.2. Normas de tiempo para el masaje (Apéndice 2).

1.3. Reglamento del fisioterapeuta jefe autónomo

Ministerio de salud de la unión (autónoma) república, regional (territorial), departamentos de la ciudad (departamentos) de salud (Apéndice 3).

1.4. Reglamento sobre el departamento (oficina) de fisioterapia de una institución médica y preventiva (Anexo 4).

1.5. Reglamento sobre el jefe del departamento (oficina) de fisioterapia de una institución médica y preventiva (Apéndice

1.6. Reglamento sobre el médico - fisioterapeuta de una institución médica y preventiva (Anexo 6).

1.7. Reglamento sobre la enfermera principal del departamento (oficina) de fisioterapia de una institución médica y preventiva.

(Apéndice 7).

1.8. Reglamento de la enfermera de fisioterapia de una institución médica y preventiva (Anexo 8).

1.9. Reglamento de una enfermera masajista (Anexo 9).

2. ORDENO:

2.1. Ministros de Salud de la Unión y Repúblicas Autónomas, Jefes (Jefes) de Territoriales, Regionales y Municipales (Ciudades)

subordinación republicana) departamentos (departamentos) de atención médica:

2.1.1. Asegurar el trabajo de los departamentos (salas) de fisioterapia y trabajadores médicos de estas unidades de acuerdo con

disposiciones aprobadas por esta orden.

2.1.2. Copie este pedido en la cantidad requerida.

2.2.1. Apéndice N 3 "Coeficientes de procedimientos fisioterapéuticos realizados por personal paramédico" a la orden

Ministerio de Salud de la URSS de fecha 08.02.1968 N 100.

2.2.2. Circular del Comisariado Popular de Salud de la URSS del 07/08/1940 "Sobre las normas de la carga en el masaje".

2.2.3. Apéndice N 19 "Reglamento sobre el departamento de fisioterapia (oficina) del policlínico de la ciudad" a la orden del Ministerio de Salud

URSS del 23 de septiembre de 1981 N 1000.

2.3. Imponer el control sobre la implementación de esta orden al Viceministro de Salud de la URSS Camarada. AG Safonov.

cuidado de la salud de la URSS

SP Burenkov

(descargas: 1425)

MINISTERIO DE SALUD
UNIÓN DE REPÚBLICAS SOCIALISTAS SOVIÉTICAS

Sobre la homologación de unidades convencionales
para realizar procedimientos de fisioterapia,
normas de tiempo de masaje, disposiciones
sobre los departamentos de fisioterapia
y su personal


Documento modificado por:
Orden del Ministerio de Salud de la URSS del 18 de junio de 1987 N 817.

Para mejorar la organización del trabajo de los departamentos y salas de fisioterapia de las instituciones médicas, incluidos los sanatorios,

1. Apruebo:

1.1. Unidades convencionales para la realización de procedimientos fisioterapéuticos por personal paramédico (Anexo N 1).

1.2. Normas de tiempo para el masaje (Anexo N 2).

1.3. Reglamento sobre el fisioterapeuta jefe independiente del Ministerio de Salud de la República (Autonómica) de la Unión, regionales (territoriales), departamentos municipales (departamentos) de salud (Anexo N 3) (No proporcionado).

1.4. Reglamento sobre el departamento (oficina) de fisioterapia de una institución médica (Anexo N 4).

1.5. Reglamento sobre el jefe del departamento (oficina) de fisioterapia de una institución médica (Anexo N 5).

1.6. Reglamento del fisioterapeuta de una institución médica (Anexo N 6).

1.7. Reglamento sobre la enfermera superior del departamento (oficina) de fisioterapia de una institución médica (Anexo N 7).

1.8. Reglamento de la enfermera de fisioterapia de una institución médica (Anexo N 8).

1.9. Reglamento de una enfermera masajista (Anexo N 9).

2. Ordeno:

2.1. Ministros de Salud de la Unión y Repúblicas Autónomas, Jefes (Jefes) de Departamentos (Departamentos) de Salud Territoriales, Regionales y Municipales (Ciudades de Subordinación Republicana):

2.1.1. Asegurar el trabajo de los departamentos (salas) de fisioterapia y médicos trabajadores de estas unidades de conformidad con las disposiciones aprobadas por esta orden.

2.1.2. Copie este pedido en la cantidad requerida.

2.2.1. Apéndice N 3 "Coeficientes de procedimientos fisioterapéuticos realizados por personal paramédico" a la Orden del Ministerio de Salud de la URSS de 08.02.68 N 100.

2.2.2. Circular del Comisariado Popular de Salud de la URSS del 07/08/40 "Sobre las normas de la carga en el masaje".

2.2.3. Apéndice N 19 "Reglamentos sobre el departamento de fisioterapia (oficina) del policlínico de la ciudad" a la orden del Ministerio de Salud de la URSS del 23.09.81 N 1000.

2.3. Imponer el control sobre la implementación de esta orden al Viceministro de Salud de la URSS Camarada. A. G. Safonova.

Apéndice No. 1
a la orden del Ministerio de Salud de la URSS
del 21.12.84 N 1440

Unidades convencionales
para procedimientos de fisioterapia
personal paramédico

Nombre del procedimiento de fisioterapia

El número de unidades fisioterapéuticas condicionales durante el procedimiento.

adultos

A. Electroterapia

1. Galvanización

2. Electroforesis medicinal con corrientes moduladas sinusoidales, diadinámicas y directas

3. Galvanización, cavidad de electroforesis.

4. Electroforesis al vacío

5. Baños de cámara hidrogalvánica

6. Electroestimulación muscular (teniendo en cuenta el procedimiento realizado por un médico)

7. Corriente eléctrica (incluyendo electroanalgesia cerebral)

8. Terapia diadinámica

9. Terapia SMT

10. Corrientes de frecuencia supratonal

11. Darsonvalización local

12. Cavidad de darsonvalización

13. Fluctuante

14. Franklinización General

15. Franklinización local

16. Inductotermia

17. Inductotermoelectroforesis

18. Terapia UHF

19. Terapia de ondas decimétricas

20. Terapia de ondas centimétricas

21 Magnetoterapia de baja frecuencia

22. Grupo de aeroionoterapia

23. Aeroionoterapia individual o local

24. Grupo de terapia de electroaerosol

25. Terapia de electroaerosol individual

B. Terapia de luz

1. Determinación de la biodosis

2. Irradiación UV general y local.

3. Irradiación con otras fuentes de luz, incluido el láser

4 Baño de luz eléctrica

B Ultrasonido

1. Terapia de ultrasonido

2. Fonoforesis

G. Inhalación

1. Inhalaciones (varias)

2. Terapia de oxígeno en una tienda de campaña

3. Baroterapia local

D. Tratamiento de agua y calor

1. Baños frescos, aromáticos, minerales, medicinales

2. Baños de gas artificial, radón

3. Baños de aire seco (dióxido de carbono, radón)

4. Bañeras de hidromasaje

5. Baños de contraste

6. Baños según Gauffe

7. Medios baños (con frotamiento)

8. Baños intestinales subacuáticos

9. Ducha intestinal

10. Almas (cualquiera)

11. Ducha-masaje bajo el agua

12. Envolturas

13. Frotar

14. Tracción horizontal (en el agua)

15. Tracción vertical (en agua)

16. Aplicaciones de parafina y ozocerita

17. Aplicaciones de barro, turba, arcilla.

18. Tratamiento de lodo intracavitario

19. Tratamiento de lodo intracavitario con aplicación.

20. Lodo eléctrico

21 baños de naftalán

22. Procedimiento local de Naftalan

Notas:

1. Para una unidad fisioterapéutica condicional, se realiza un trabajo, cuya ejecución y preparación dura 8 minutos.

2. Al realizar procedimientos para un paciente por Diferentes areas cuerpo para una visita, cada uno de ellos se tiene en cuenta en unidades arbitrarias de forma independiente, si estos procedimientos no se llevaron a cabo simultáneamente.

3. Para los procedimientos de fisioterapia no previstos en este Apéndice, los directores de las instituciones, junto con las organizaciones sindicales, establecen unidades de fisioterapia condicionales temporales basadas en datos objetivos sobre los costos reales del tiempo de trabajo, y se envían materiales al respecto a las autoridades sanitarias. por subordinación por sumisión, si están justificados, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Ministerio de Salud de la URSS.

Apéndice No. 2
a la orden del Ministerio de Salud de la URSS
del 21.12.84 N 1440

tiempos de masaje

____________________________________________________________________
Solicitud vencida -
Orden del Ministerio de Salud de la URSS
de 18 de junio de 1987 N 817.
____________________________________________________________________

Apéndice No. 4
a la orden del Ministerio de Salud de la URSS
del 21.12.84 N 1440

Posición
sobre el departamento (gabinete) de fisioterapia

1. El departamento (oficina) de fisioterapia es una subdivisión estructural de una institución médica que brinda asistencia fisioterapéutica calificada a la población. Si hay un departamento (oficina) de tratamiento de rehabilitación en la institución médica, el departamento (oficina) de fisioterapia está incluido en su composición.

2. La apertura y cierre del departamento (oficina) de fisioterapia se realiza de la manera prescrita.

3. El departamento (gabinete) de fisioterapia está ubicado en habitaciones especialmente equipadas que cumplen completamente con los requisitos de las Reglas de Construcción, Operación y Seguridad.

4. El trabajo del departamento (oficina) de fisioterapia está a cargo del jefe del departamento, un fisioterapeuta y, en su ausencia, del jefe de la institución o un médico capacitado en fisioterapia.

5. Los estados del personal médico del departamento (oficina) de fisioterapia se establecen de acuerdo con las normas de dotación de personal vigentes.

6. El equipo del departamento (oficina) de fisioterapia se lleva a cabo de acuerdo con la boleta de calificaciones actual. La supervisión preventiva y la reparación del equipo de fisioterapia en el departamento (oficina) de fisioterapia la llevan a cabo las empresas relevantes del sistema Soyuzmedtekhnika.

7. Las actividades, el volumen de trabajo del departamento (oficina) de fisioterapia se determinan según el perfil de la institución médica por los documentos reglamentarios relevantes.

8. Las tareas principales del departamento (oficina) de fisioterapia son:

8.1. Realización de medidas terapéuticas, reparadoras y preventivas utilizando factores físicos.

8.2. Control de la ejecución de los procedimientos de fisioterapia prescritos y análisis de errores en la citación de procedimientos de fisioterapia por parte de médicos de otras especialidades.

8.3. Organización de eventos para la formación y perfeccionamiento de médicos y personal paramédico en el ámbito de la fisioterapia.

8.4. Introducción a la práctica de nuevos métodos de fisioterapia, fisioprofilaxis.

8.5. Organización de la propaganda de los métodos de fisioterapia entre los trabajadores médicos.

8.6. Contabilidad del trabajo del departamento (oficina) de acuerdo con la documentación contable y de informes aprobada por el Ministerio de Salud de la URSS de manera oportuna.

9. El trabajo del departamento (gabinete) de fisioterapia se lleva a cabo de acuerdo con el cronograma, cuya responsabilidad de compilación se confía al jefe del departamento (gabinete).

Apéndice No. 5
a la orden del Ministerio de Salud de la URSS
del 21.12.84 N 1440

Posición
sobre el jefe del departamento (oficina) de fisioterapia
Institución medica

1. Un fisioterapeuta con al menos 3 años de experiencia laboral en la especialidad es designado para el puesto de jefe del departamento (oficina) de fisioterapia.

2. El jefe del departamento (oficina) de fisioterapia es designado por el médico jefe de la institución médica.

3. El jefe del departamento (oficina) de fisioterapia depende directamente del jefe de la institución o su adjunto de la unidad médica.

4. En su trabajo, el jefe del departamento (oficina) de fisioterapia se guía por el Reglamento de la institución médica, que incluye el departamento (oficina), este Reglamento, órdenes y otros documentos emitidos por el Ministerio de Salud de la URSS, el ministerios de salud de las repúblicas de la Unión y autoridades sanitarias locales y legislación vigente.

5. El jefe del departamento (gabinete) de fisioterapia brinda orientación y control sobre el trabajo del personal del departamento (gabinete) y es totalmente responsable de la calidad y eficacia del tratamiento del paciente.

6. Participa en la selección y colocación de personal, distribuye funciones entre los empleados, controla el desempeño preciso y oportuno de sus funciones, mantiene una alta disciplina laboral del equipo.

7. El jefe del departamento (oficina) está obligado a garantizar:

7.1. Prestación de asistencia médica cualificada de diagnóstico y asesoramiento a los pacientes.

7.2. Organización de asistencia consultiva y metodológica a médicos de otras especialidades en temas de fisioterapia y balneología.

7.3. Control sistemático de la corrección de las citas por parte de los médicos tratantes de los procedimientos fisioterapéuticos a los pacientes, realizando los ajustes, aclaraciones y adiciones necesarias a las citas con el fin de intensificar el uso de factores físicos.

7.4. Desarrollo de medidas para la introducción de nuevos métodos y técnicas para el tratamiento de pacientes aprobados por el Ministerio de Salud de la URSS con el uso de factores físicos, organización del intercambio de experiencia.

7.5. Capacitación del personal médico del departamento (oficina), buscando mejorar las habilidades profesionales de todos los empleados, su conocimiento de los equipos, técnicas y métodos para la realización de procedimientos médicos, normas de funcionamiento y precauciones de seguridad.

7.6. Elaborar instructivos en materia de seguridad y saneamiento industrial y someterlos a la aprobación del titular de la institución o su adjunto en acuerdo con el comité sindical.

7.7. Organización de la capacitación sistemática del personal sobre seguridad, operación y mantenimiento del aparato y hacer las entradas apropiadas en el registro de sesiones informativas periódicas (repetidas), así como sesiones informativas introductorias y de otro tipo.

7.8. Formación del personal en las normas de prestación cuidados de emergencia con lesión eléctrica.

7.9. Organización de la provisión completa y oportuna del departamento (oficina) con equipo doméstico, inventario, equipo médico especial, dispositivos y herramientas, control sobre el modo de operación, operación correcta de los dispositivos, supervisión constante de reparaciones y certificación de dispositivos.

7.10. Implementación de control sobre las condiciones sanitarias, económicas y técnicas y de extinción de incendios del departamento (oficina) de fisioterapia.

7.11. Haciendo registros médicos y presentación de informes sobre el trabajo de acuerdo con los formularios aprobados por el Ministerio de Salud de la URSS dentro de los plazos establecidos.

7.12. Mejora sistemática de las propias cualificaciones como médico especialista y como organizador de la asistencia sanitaria.

7.13. Comunicación oportuna a los empleados de las órdenes pertinentes y órdenes de la administración, así como documentos instructivos-metódicos y otros.

7.14. Organización y conducción del trabajo sanitario y educativo entre la población por médicos y trabajadores paramédicos del departamento (oficina).

8. El jefe del departamento (gabinete) de fisioterapia tiene el derecho y la obligación de participar en la selección y colocación del personal para trabajar en el departamento (gabinete) de fisioterapia, distribuir funciones entre ellos, hacer propuestas para fomentar e imponer sanciones a los empleados del departamento a él encomendado.

Anexo No. 6
a la orden del Ministerio de Salud de la URSS
del 21.12.84 N 1440

Posición
sobre el fisioterapeuta de la terapéutica y profiláctica
instituciones

1. Se nombra para el cargo de fisioterapeuta a un médico graduado en la facultad de medicina o pediatría, que haya recibido una formación especial en fisioterapia y balneología.

2. El fisioterapeuta informa al jefe del departamento y, en su ausencia, directamente al médico jefe de la institución médica o al adjunto de la unidad médica.

3. El fisioterapeuta en su trabajo se guía por el reglamento de la institución médica, que incluye el departamento (oficina) de fisioterapia, el reglamento de la unidad especificada, este reglamento y la legislación vigente.

4. El nombramiento y cese de un fisioterapeuta se realiza de acuerdo con el procedimiento establecido por el médico jefe de la institución.

5. De acuerdo con las tareas del departamento (oficina) de fisioterapia, el fisioterapeuta está obligado a organizar y garantizar:

5.1. Recepción ambulatoria enfermo.

5.2. La corrección de la elección de los métodos de tratamiento y la designación de un factor físico.

5.3. Control de la corrección de los procedimientos de fisioterapia y, en general, del trabajo del cuerpo médico medio y subalterno del departamento (consultorio).

5.4. Mantenimiento de alta calidad de la documentación médica, contable y de informes pertinente.

5.5. Introducción en la práctica de nuevos métodos de utilización de factores físicos naturales y preformados con fines terapéuticos y profilácticos.

5.6. Asistencia metodológica y de asesoramiento a médicos de otras especialidades sobre la solicitud metodos fisicos tratamiento.

5.7. Seguimiento del funcionamiento de los equipos de fisioterapia y su oportuna reparación.

5.8. Formación avanzada del personal médico medio y junior del departamento (oficina) de fisioterapia.

5.9. La educación para la salud trabaja para promover el uso de factores físicos en la práctica médica.

5.10. Participación en congresos de la institución médica.

5.11. Presentación al jefe del departamento (oficina) de fisioterapia y, en su ausencia, al médico jefe de informes de trabajo.

5.12. Mejora sistemática de sus habilidades empresariales y de su nivel ideológico y político.

6. Un fisioterapeuta tiene derecho a mejorar sus calificaciones en cursos de formación avanzada una vez cada 5 años.

Apéndice No. 7
a la orden del Ministerio de Salud de la URSS
del 21.12.84 N 1440

Posición
sobre la enfermera principal del departamento (oficina)
fisioterapia de una institución médica

1. Una de las enfermeras experimentadas con una educación médica secundaria completa, habilidades organizativas, capacitación especial y experiencia en fisioterapia es designada para el puesto de enfermera jefe del departamento (oficina) de fisioterapia.

2. La enfermera jefe del departamento (oficina) de fisioterapia reporta al jefe del departamento y, en su ausencia, al fisioterapeuta.

3. La enfermera jefe del departamento (oficina) de fisioterapia es nombrada y despedida por el jefe de la institución médica.

4. La enfermera jefe realiza completamente el trabajo de una enfermera de fisioterapia.

5. Directamente subordinado a la enfermera jefe está el personal médico medio y subalterno del departamento (oficina) de fisioterapia.

6. Las principales tareas de la enfermera jefe son:

6.1. Asegurar el cumplimiento oportuno de las citas médicas de los pacientes;

6.2. Organización racional del trabajo del personal médico de nivel medio y subalterno.

7. Para realizar estas tareas, la enfermera jefe del departamento (oficina) de fisioterapia está obligada a proporcionar:

7.1. Elaboración de horarios de trabajo racionales y la correcta ubicación del personal médico medio y subalterno.

7.2. Control sistemático de la ejecución oportuna y calificada de los procedimientos de fisioterapia por parte de los enfermeros, así como la instrucción del personal médico medio y subalterno en el cumplimiento de las normas de protección y seguridad laboral.

7.3. Control de seguridad y salud Equipo medico y equipo, la puntualidad de su reparación y cancelación.

7.4. Presentación oportuna de solicitudes equipo necesario, equipos, repuestos para los mismos, herramientas y medicamentos.

7.5. Mantenimiento de alta calidad de la documentación médica, contable y de informes.

7.6. Sesión informativa introductoria de trabajadores médicos de nivel medio y subalterno reclutados sobre protección y seguridad laboral, seguridad contra incendios, así como familiarizarlos con descripciones de trabajo, reglamento interno de trabajo y otros documentos de obligado cumplimiento.

8. La enfermera jefe lleva a cabo un trabajo constante en la educación del personal médico medio y subalterno.

9. La enfermera jefe informa al jefe del departamento o al fisioterapeuta sobre el progreso del trabajo del departamento (oficina) de fisioterapia, sobre las deficiencias existentes.

10. La enfermera jefe del departamento (oficina) de fisioterapia, junto con el jefe del departamento, desarrolla y realiza actividades para mejorar las habilidades de los trabajadores paramédicos, así como capacitación especial para el personal médico subalterno.

Apéndice No. 8
a la orden del Ministerio de Salud de la URSS
del 21.12.84 N 1440

Posición
Acerca de Enfermera de Fisioterapia
Institución medica

1. Se nombra para el puesto de enfermera de fisioterapia a una enfermera con educación médica secundaria completa y capacitación especial en fisioterapia.

2. Una enfermera de fisioterapia trabaja bajo la supervisión directa de un fisioterapeuta y una enfermera senior del departamento de fisioterapia (oficina).

3. Las principales tareas de la enfermera de fisioterapia son:

3.1. Llevar a cabo procedimientos de fisioterapia según lo prescrito por un fisioterapeuta u otro médico, incluso en el hogar.

3.2. Realizar labores sanitarias y educativas entre la población.

4. De acuerdo con estas funciones, la enfermera de fisioterapia está obligada a:

4.1. Realizar citas de acuerdo con la metodología, estar en la sala de tratamiento durante el procedimiento de fisioterapia.

4.2. Supervise el estado del paciente y, en caso de deterioro, detenga el procedimiento y llame a un fisioterapeuta o médico tratante.

4.3. Gestionar las visitas de los pacientes a la oficina.

4.4. Conozca las reglas de seguridad y las reglas básicas para brindar servicios de emergencia. atención médica pacientes y, si es necesario, brindárselo hasta que llegue el médico.

4.5. Para controlar el funcionamiento de los instrumentos y aparatos, en caso de mal funcionamiento de los instrumentos, aparatos, tome las notas apropiadas en el libro de registro técnico e informe a un fisioterapeuta u otra persona. trabajador de la salud por subordinación.

4.6. Supervisar la seguridad del estado de los equipos médicos y el inventario doméstico de la oficina; después de terminar el trabajo en la oficina, verifique el apagado de los sistemas eléctricos y el suministro de agua; mantener las condiciones higiénicas y sanitarias de la oficina.

4.7. Mejore sus calificaciones y realice una formación avanzada en su especialidad después de 5 años.

4.8. Capacitar al personal médico junior del departamento (oficina) en las reglas de preparación y procedimientos.

4.9. Llevar un registro y presentar un informe sobre el trabajo en los términos y en la forma que especifique el fisioterapeuta.

Apéndice No. 9
a la orden del Ministerio de Salud de la URSS
del 21.12.84 N 1440

Posición
sobre la enfermera masajista

1. Una enfermera con una educación médica secundaria completa que haya recibido capacitación especial en masaje terapéutico es nombrada para el puesto de enfermera de masaje.

2. Una enfermera de masaje trabaja bajo la dirección de un médico y una enfermera superior de la unidad estructural en la que está empleada.

3. La enfermera masajista está obligada a:

3.1. Métodos propios Masaje terapéutico, conocer las disposiciones teóricas básicas sobre el mecanismo acción terapéutica masaje en el cuerpo humano, compatibilidad y secuencia de su implementación con otros procedimientos médicos.

3.2. Realice procedimientos de masaje terapéutico en estricta conformidad con la prescripción del médico, controle el estado del paciente durante los procedimientos de masaje y, en caso de deterioro, detenga el procedimiento y llame a un médico.

3.3. Durante procedimientos repetidos, verifique el estado de la piel del área masajeada y, en presencia de irritación o elementos pustulares, absténgase de realizar el procedimiento, informando al médico.

3.4. Familiarizar a los pacientes con las normas internas de la sala de masajes, las reglas para tomar procedimientos, la posición racional del cuerpo y el seguimiento del régimen después del procedimiento.

3.5. Supervisar la seguridad y protección de los equipos médicos y del hogar necesarios para la operación.

3.6. Conozca las reglas de seguridad y las reglas básicas para brindar atención médica de emergencia a los pacientes y, si es necesario, bríndela antes de que llegue el médico.

3.7. Controlar el funcionamiento de las máquinas de masaje; en caso de mal funcionamiento, tome las notas correspondientes en el libro de registro técnico y comuníqueselo al médico.

3.8. Mantener siempre el orden y la limpieza en la oficina y en el lugar de trabajo.

3.9. Mantener la contabilidad establecida y la documentación de informes de asistencia de pacientes.

3.10. Mejore sus calificaciones mejorando su especialidad cada 5 años.

3.11. Capacitar al personal médico subalterno del gabinete para brindar asistencia a aquellos pacientes que lo requieran, antes y después del procedimiento de masaje.

Revisión del documento, teniendo en cuenta
cambios y adiciones



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